OBJETIVO:
Análisis teórico práctico de las disposiciones fiscales de la Carta Porte que es obligatoria de hacer, para los transportistas, las líneas aéreas, los ferrocarriles y las navieras y también para los que tienen sus propios camiones y llevan la mercancía a otra de sus sucursales o a sus clientes, si no lo hacen los multan y para el cliente es no deducible la factura.
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